La Junta Departamental no encontró mérito para formar Comisión Investigadora
LICITACIÓN PARADOR ANDRESITO
En la sesión del pasado lunes 8, la Junta Departamental de Flores consideró los informes elevados por la Comisión Pre Investigadora creada a instancias de la solicitud planteada por el edil Darío Camirotti, aprobándose por mayoría el informe del edil Miguel Reyes que no hallaba mérito para formar una Comisión Investigadora en torno a la licitación del parador Andresito (como es notorio, el grupo de personas que en primera instancia resultó adjudicatario desistió de la misma).
Siguiendo el trámite reglamentario, la Comisión Pre- Investigadora se reunió el pasado 25 de noviembre, a los efectos de recibir los elementos aportados por el edil denunciante, de la cual surgieron dos informes, uno elaborado por el edil Miguel Reyes y otro por el edil Dr. Claudio Aguilar.
EL INFORME APROBADO
El plenario de la Junta, por mayoría, aprobó el informe del edil Miguel Reyes, que dice:
“De acuerdo al cometido de esta Pre – Investigadora, tomando en cuenta lo establecido en el Art. 153 del D.D. 0657 (Reglamento Interno) corresponde informar:
a) Entidad de la denuncia: No existe entidad, dado que se trata de un expediente público, que se estudió y aprobó en la Junta Departamental de Flores, previo pase además por el Tribunal de Cuentas de la República, quien realizó observaciones las que no fueron aceptadas por la Junta Departamental de Flores, debido a su falta de relevancia.
b) Seriedad de su origen: No se considera serio una denuncia fundada en trascendidos de prensa.
c) Oportunidad y procedencia de la investigación: No se considera oportuno dado que todos los oferentes tuvieron su tiempo legal para recurrir y no lo hicieron, además uno de ellos fue invitado (a instancias del Edil Camirotti) a la Comisión de la Junta que trató este tema y no concurrió”.
EL INFORME DEL EDIL AGUILAR
Por otra parte, el informe del edil Claudio Aguilar, que resultó perdidoso en el plenario, establecía:
“a) Entidad de la denuncia: Es de tal entidad como para iniciar la investigación correspondiente.
b) Seriedad de su origen: El planteo es acompañado de declaraciones públicas de implicados en la referida concesión.
c) Oportunidad y procedencia de la investigación: Es oportuna y procedente la investigación, atento a los elementos presentados por el Edil denunciante, así como las resultancias del expediente Nº 14/302 de esta Junta Departamental”.