Autonomías municipales

Cuando el 15 de febrero Diputados y Senadores asumían sus cargos, los empleados municipales de la Intendencia de Salto acampaban frente al Palacio Legislativo. Reclamaban el pago de salario vacacional, horas extra y retenciones de pensiones alimenticias. Ningún cargo tiene menos controles, efectivos, que el de Intendente.

David Rabinovich
Columnista

El 15 de febrero, Juan Carlos Gómez, dirigente de ADEOM Salto, anunció que harían una denuncia penal por las “graves irregularidades” cometidas por el gobierno colorado de Germán Coutinho en aquel departamento. Según el representante sindical, los funcionarios no cobran en tiempo y forma los salarios vacacionales, la Intendencia no vuelca las retenciones que realiza para el Banco República (BROU) y las pensiones alimenticias, que deben ser entregadas a las madres de forma inmediata, llegaron a retrasarse más de 20 días.
La Administración Coutinho dista de ser un buen ejemplo. El TCR (Tribunal de Cuentas de la República) tuvo una opinión adversa respecto a la Rendición de Cuentas y el Balance de Ejecución Presupuestal de la Intendencia de Salto correspondiente al Ejercicio 2012. .

Repasemos algunos señalamientos:
“La Intendencia registró como ingresos extrapresupuestales del Ejercicio 2012 el préstamo concedido por el BROU por $ 62.500.000 y el saldo correspondiente al Fideicomiso Salto I por un importe de $ 81.061.457. El préstamo del BROU, que constituye un pasivo para la Comuna, se expuso como ganancia en el estado de fondos extrapresupuestales afectando el resultado del Ejercicio. Análogamente se procedió con el saldo del Fideicomiso Salto I, el cual se forma con los adelantos a cuenta de futuras cobranzas de tributos, por lo que tampoco corresponde exponerlo como ganancia del Ejercicio. En consecuencia, debería ajustarse el resultado del Ejercicio y el resultado acumulado al 31/12/2012, los que ascenderían a $ 214.530.131 de déficit y $ 380.304.690 de déficit respectivamente”.

Además, en opinión del Tribunal de Cuentas, no se dio cumplimiento a varias normas constitucionales, legales y del presupuesto aprobado para 2011-2015.
Durante el Ejercicio  2012 no se respetó en su totalidad “la estructura de escalafones y cargos funcionales aprobados”.
En “las contrataciones celebradas por la Intendencia, no se exige declaración jurada de no percibir más de una remuneración con cargo a fondos públicos”, lo que no permite verificar lo dispuesto por la norma.
Tampoco se cumplió con la que establece que “no se podrá abonar ningún haber a los profesionales que no presenten el certificado que acredite que se encuentran al día con sus obligaciones con la CJPPU”.
Se realizaron liquidaciones de sueldos inferiores al “30% del sueldo líquido en efectivo”.

Durante el Ejercicio, “los Municipios realizaron donaciones a distintas instituciones”, lo que está fuera de los cometidos de los mismos.
“Se realizaron contratos de arrendamiento de obra y de servicios con efecto retroactivo…”.
“…se realizaron adquisiciones de artículos de un mismo ramo en forma fraccionada. Al no tener en cuenta las necesidades de suministros para todo el Ejercicio, se omitió la aplicación de los procedimientos de contratación que hubieran correspondido. Práctica común en varias intendencias para evitar las licitaciones y comprar en forma directa a “los amigos”.
“Los pliegos de bases y condiciones particulares de las licitaciones no establecen la ponderación de cada uno de los factores que se tendrán en cuenta para evaluar las ofertas”.
“No existe inventario valuado de los bienes de uso propiedad de la Intendencia al 31/12/12, por lo que no se ha implementado el registro exigido” por las normas.
“La Tesorería realizó pagos que no fueron intervenidos por el Contador Delegado del Tribunal de Cuentas”.
“La Intendencia no cuenta con un sistema de contabilidad patrimonial que le permita cumplir con lo establecido por estas normas”. Y por lo tanto tener un control adecuado de los bienes públicos.
“Se detectaron algunos casos en los que se contrató personal técnico profesional en forma directa no cumpliéndose con el procedimiento de selección  establecido…”
“La mayor parte de los  funcionarios que trabajan en régimen de dedicación total no realizan el correspondiente registro de asistencia…”.
“Existen funcionarios que realizan un horario mayor a las 48 horas semanales no estando dentro de las excepciones establecidas como límite” por la norma.
“No se proporcionó la información respecto al detalle de los arrendamientos de servicio vigentes ni del correspondiente a las inversiones comprometidas y no ejecutadas en el Ejercicio, así como la antigüedad de los fondos indisponibles”.
“Durante el Ejercicio  2012 no se remitieron a este Tribunal los antecedentes e informes semestrales establecidos (…) respecto a la existencia de concesiones de obras o de servicios otorgadas por la Intendencia”.
El TCR señala la existencia de “juicios pendientes contra la Intendencia de Salto” (…) de acuerdo a la información aportada totalizan $ 116.741.956, U$S 30.682.822 y UR 288.
Además, “Se constató que al 31/12/12 existía un total de 1.982 funcionarios en la Intendencia, entre presupuestados, contratados y zafrales, por lo que, a esa fecha la cantidad de funcionarios excedía en 172 los previstos presupuestalmente”.
Una observación que llama particularmente la atención: “No se conserva el talón de cobranza de los tributos. De los recibos que se emiten en la Intendencia, sólo el sector Ingresos Territoriales los conserva, razón por la cual no queda comprobante físico de lo cobrado”.
Y además “la Intendencia es propietaria de varios locales comerciales, los cuales arrienda. Los mismos están ubicados en los centros termales de Arapey y Daymán, y en los barrios Artigas, Dos Naciones y San Martín. También arrienda el Parador Ayuí y la cantina que funciona en el edificio central de la Intendencia. No existe ninguna unidad encargada de hacer un seguimiento de los contratos que vinculan a la Intendencia con los arrendatarios. La mayoría de los contratos se encuentran vencidos, y con adeudos pendientes. Asimismo, en las termas de Daymán los arrendatarios de los locales no abonan el consumo de energía eléctrica, el cual está a cargo de la Intendencia”.

El Tribunal consigna en su informe el cumplimiento de varias observaciones realizadas con anterioridad y el incumplimiento de otras, así como la adopción de medidas que se estaban instrumentando a efecto de corregir algunas irregularidades.
De la comparación entre la realidad y el discurso surgen elementos importantes, porque mayo está muy cerca.
En la próxima nota me referiré a la última Auditoría que el TCR publica en su página web sobre la Intendencia de Cerro Largo.
Cuando afirmo que la gestión de los Intendentes es la que menos controles efectivos tiene, me baso en que las Auditorías del TCR se comunican a las Juntas Departamentales, donde el Intendente tiene mayoría siempre (asegurada por la norma constitucional) y los ediles, de todos los departamentos, lejos de pretender representar a la ciudadanía, responden a los intereses de cada partido o sector. Salvo honrosas excepciones, claro. En las Juntas, las mayorías generalmente avalan cualquier cosa. Por otra parte, el Tribunal de Cuentas “comunica a la Asamblea General” las irregularidades constatadas y las observaciones que realiza. La Asamblea General nunca trata esos informes, por lo que las resoluciones quedan firmes, legales y sin consecuencias. Es un mal sistema. Otro dato que avala la tesis de quienes defendemos la necesidad impostergable de convocar una Asamblea Nacional Constituyente y revisar en profundidad nuestra “Carta Magna”.

Trinidad
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