El Dr. Jorge Mazzulo analizó y cuestionó varios puntos de la sentencia de la Juez

HERMANO DEL EX INTENDENTE E INTEGRANTE DEL EQUIPO DE ABOGADOS

El Dr. Jorge Mazzulo Gaitán, hermano del ex Intendente e integrante del equipo de Abogados de Carlos Mazzulo analizó el dictamen de la Juez Letrada Departamental Dra. Iriarte, cuestionando algunos puntos del mismo.
El Abogado dijo a ECOS REGIONALES que fue notificado de esta sentencia de primera instancia el viernes pasado, explicando que se trata de “una sentencia que es condenatoria porque hace lugar a algunos delitos. Y una sentencia que es absolutoria porque descarta que hayan existido otros delitos como había dicho el Tribunal de Apelaciones”.
“En principio nos cayó de sorpresa porque es una sentencia muy dura, en el sentido de que si bien (la Juez) pide una pena de prisión, otorga la libertad condicional. Esto quiere decir que Carlos (Mazzulo) nunca fue privado de su libertad, no lo está en este momento y no lo va a estar en el futuro. Eso tiene que quedar muy claro. En segundo lugar ataca también el tema económico, porque pone una multa de mil Unidades Reajustables, y en tercer lugar también ataca el derecho al trabajo, en el sentido que impone una inhabilitación de cinco años para ejercer un cargo público”, precisó el Dr. Mazzulo, advirtiendo que lo que puede hacer su hermano, sin embargo, es actividad política por no hacérsele por parte de la Juez ningún tipo de prohibiciones en ese sentido.
“Lo que es claro que esto trae mucho dolor a la familia Mazzulo, mucho disgusto, si bien no nos trae abajo porque sabemos como actuamos. Estar cada poco tiempo en los estrados judiciales no es nada fácil. Pero no sentimos odio hacia nadie, es más, acatamos el fallo de la Justicia como debe ser en un Estado de derecho, pero no lo compartimos. Tenemos todo el derecho a no compartirlo”, afirmó.

COSA JUZGADA…
El Dr. Jorge Mazzulo expresó que hay partes de la sentencia dictada por la Dra. Elena Iriarte que llaman la atención, entre ellas la vinculada al conocido caso de la publicidad en Difusora Americana.
“Logramos probar que lo que decía el Tribunal sobre el caso de una publicidad en Difusora Americana ya estaba archivado con vista Fiscal, y en esos momentos con autos de archivo del Dr. Gerardo Núñez. Nos llama la atención en esta sentencia que se dicta el viernes, que se revisa ese expediente, se cuestiona el dictamen Fiscal y también la resolución del Juez, y aquí existe la cosa juzgada. O sea que no es revisable, entonces nos llama poderosamente la atención que la doctora haya revisado algo que ya estaba archivado como auto del Dr. Gerardo Núñez. Y dice que la absuelve a Carlos (Mazzulo) en base al beneficio de la duda. O sea que estamos entrando en un terreno muy peligroso, al revisarse expedientes que adquirieron la calidad de cosa juzgada”, puntualizó el Abogado.

A RAÍZ DE UNA PUBLICIDAD…
“En segundo lugar me llamó la atención el hecho de que Carlos (Mazzulo) sea condenado por el delito de fraude por publicidad que se le otorgó a Radio Cinco. Publicidad para la que se armó un expediente en la Intendencia Departamental de Flores, en el cual yo comparezco como Director Administrativo y soy uno de los dueños de CALASOL, lo elevo a Jurídica quien pide que se envíe a la Junta Departamental. El legislativo departamental aprueba por unanimidad para que CALASOL –Jorge y Alessandro Mazzulo- pueda contratar con la Intendencia. De esa manera se nos otorga la publicidad. Hoy la señora Juez en su dictamen dice que esa venia de la Junta Departamental no es válida”, agregó el Dr. Jorge Mazzulo.
“Aquí vamos a entrar en un tema en que se condena a Carlos Mazzulo por este hecho, y sin embargo Jorge Mazzulo y Alessandro Mazzulo –que son dueños de la Radio- nunca fueron condenados ni nada que se le parezca por esa publicidad. Es bastante extraño que los dueños de la Radio nunca hayan sido condenados por esto y Carlos Mazzulo como Intendente sí. A cualquier persona le llamaría la atención que los dueños de la Radio nunca fueron llamados a responsabilidad penal por esto, y sí el Intendente”, comentó.
“Incluso le preguntaría a la Doctora (Iriarte) cuándo Carlos Mazzulo comete fraude por la publicidad aludida. Porque el fraude es un engaño, el ocultamiento de algo. Si se arma un expediente, se pasa a Jurídica, se pasa al legislativo departamental que da la venia por unanimidad, vuelve a la Intendencia, se adhiere al expediente esa venia y se pasa a Hacienda. ¿Dónde está el engaño? No puede haber engaño de una cosa que es pública”, sostuvo.

EL EMPLEO DE LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA
El Dr. Jorge Mazzulo señala asimismo que la Juez ingresa en “el análisis de una responsabilidad objetiva –no subjetiva- que Carlos Mazzulo por ser Intendente es responsable de todo el servicio. O sea que hay elementos en los cuales él no intervino en la causa y sin embargo emplea la responsabilidad objetiva, y Carlos Mazzulo es responsable por ser Intendente. Otra cosa que llama la atención es que al ser reelecto, debía emplear controles más estrictos, cosa que entendemos está totalmente fuera de lugar. No por ser una persona reelecta se va a ser más estricto, porque los controles no lo realiza el Intendente, sino que existe la delegación de funciones, es decir, está el Secretario General, Directores y Asesores, porque es imposible que un Intendente pueda estar en el detalle de un expediente o de lo que fuere”, agregó el Abogado, quien se preguntó, a su vez, si en realidad la Juez pudo indagar sobre temas municipales que son muy complejos por su propia naturaleza.

“CARLOS MAZZULO NUNCA SE AMPARÓ EN LOS FUEROS”
“Dejamos clara la inocencia de Carlos (Mazzulo) porque es una persona muy honesta, muy trabajadora y que lamentablemente quedó enganchado en un problema político. Pero hay otra cosa más, la Doctora (Iriarte) en este fallo dice que Carlos se amparó en los fueros parlamentarios. Eso no es cierto, mi hermano jamás se amparó en ningún fuero parlamentario porque jamás fue convocado a declarar a un Juzgado. A mi hermano jamás se le envió un Oficio para declarar en el Juzgado. Mi hermano concurre a la sede judicial una vez que cesa en su cargo de Diputado; entonces no sé de dónde sacó la Doctora que no había podido ser juzgado antes porque se amparó en los fueros parlamentarios. Y si se hubiera amparado en los fueros parlamentarios, cosa que no hizo, tampoco agrava su situación porque eso es legal, pero me llama la atención que lo afirme cuando eso no existió nunca”, afirmó el Dr. Jorge Mazzulo.

El dictamen de la Juez repercutirá en la Junta Departamental

El Dr. Jorge Mazzulo dijo que la Jueza no valida la anuencia otorgada por la Junta Departamental, y eso ameritará que se realice un planteo por parte de los ediles de la Lista 5, de la que el Abogado es el principal referente.
“Vamos a plantear este tema porque la Juez es muy clara en su sentencia cuando dice que los funcionarios públicos dependientes de la administración contratante, no correspondiendo el otorgamiento de venia para dicha contratación. Dice que la Intendencia prohíbe a sus funcionarios contratar con la Intendencia, o sea, que la venia que otorgó la Junta  no es válida”, afirmó el Dr. Jorge Mazzulo.
“Vamos a tratar este tema porque la Junta Departamental está dando a funcionarios municipales venias todos los días para distintas contrataciones, ayudas sociales, traslados y lo que sea. Entonces, no queremos que mañana a esta administración, ni a los funcionarios, les vaya a pasar lo que nos pasó a nosotros hoy, que por el hecho de hacer las cosas bien, de solicitar venia a la Junta, hoy la Juez dice que Carlos Mazzulo cometió un delito por esa causa, porque ella considera que no es válida”, advirtió el profesional.