El Juez Eduardo Guevara dictó sentencia interlocutoria
Ramos y Fornos fueron imputados por “la comisión de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos”.
Por ser delitos de lesa humanidad no les corresponde prisión domiciliaria y permanecerán en un establecimiento de reclusión
La sentencia del Juez Dr. Eduardo Guevara se conoció ayer por la tarde, pero recién esta mañana el magistrado atendió en la sede judicial a los medios de comunicación, para explicar el contenido del fallo.
“Esta es una sentencia interlocutoria, no una sentencia definitiva”, afirmó el Dr. Guevara.
Explicó que “como auto de procesamiento se trata de una sentencia interlocutoria que no causa estado, o sea, nunca queda ejecutoriada y puede ser objeto de recursos. Pero en cualquier caso lo que se resolvió fue el procesamiento y prisión de estas dos personas (Nelson Fornos Vera y Mario Simón Ramos) imputándoles la comisión de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos”.
“Esa es la resolución que se tomó y es de cumplimiento inmediato, no tienen efectos suspensivos los recursos que se puedan interponerse. Es decir, se cumple en lo inmediato”, afirmó.
En cuanto a los recursos que se pueden presentar, el Juez Eduardo Guevara dijo que son de “reposición y apelación, que va a un Tribunal de Apelaciones -que sería el órgano superior del que yo soy titular- y ahí se resuelve en definitiva. Eventualmente podría ir en casación a la Suprema Corte de Justicia, pero mientras tanto, hasta que no se terminen de resolver todos esos recursos, se cumple con la resolución inicial que es el procesamiento y prisión de estas personas”.
Señaló que el plazo para el recurso de reposición y apelación es de seis días.
Cabe recordar que la denuncia contra delitos de lesa humanidad, contra el Coronel Ramos y el Médico Militar Nelson Fornos, fue realizada por FEMI en 1986.
Para visualizar la noticia completa, se deberá suscribir mediante el siguiente formulario: www.ecosregionales.uy/sitio/register y un pago mensual.